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¿Cuándo debo presentar la información exógena?

La información exógena en Colombia hace referencia a los datos financieros y tributarios que deben ser reportados a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por parte de los contribuyentes. Este reporte se realiza anualmente con el fin de proporcionar a la entidad una visión completa y detallada de la situación tributaria y financiera, lo que permite que la DIAN haga un seguimiento y control de los impuestos y obligaciones tributarias.

¿Qué debe incluir el reporte exógena?

Si tienes una empresa puede que debas reportar ante la DIAN la información exógena 2022 de tu negocio, la cual es básicamente un registro de los datos financieros y tributarios sobre las relaciones que se tiene con terceros, sean estos usuarios, clientes o quienes participen en la actividad comercial. Esta información es recopilada y presentada en formatos específicos establecidos por la DIAN, los cuales se deben diligenciar y presentar en el sitio web de la entidad.

Es importante tener en cuenta que la presentación de la información exógena es obligatoria para todas las empresas y personas naturales que hayan superado la suma de ingresos brutos establecidos para el año gravable en cuestión, que para 2022 fue de 500 millones de pesos para naturales y de 100 millones para las personas jurídicas.

Para facilitar la gestión de la información exógena, existen herramientas y programas como el software de nómina para pymes que permiten a las empresas generar temas exógenos de la nómina de los empleados, así como otros formatos que pide presentar la DIAN. La tecnología puede ayudar a las empresas a cumplir con las obligaciones tributarias de manera más eficiente y precisa.

¿Quiénes deben presentar información exógena tributaria?

De acuerdo con la Resolución 000124 de 2021, deben presentar información exógena tributaria del año gravable 2022:

a) Entidades públicas o privadas que hacen convenios con organismos internacionales.

b) Entidades financieras reguladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y cooperativas de ahorro y crédito.

c) Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.

d) Personas naturales con ingresos brutos superiores a $500 millones y rentas no laborales superiores a $100 millones en 2022.

e) Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos superiores a $100 millones en 2021 o 2022.

f) Personas y entidades obligadas a practicar retenciones y autorretenciones de impuestos en 2022.

g) Establecimientos permanentes de personas naturales y jurídicas extranjeras.

h) Personas o entidades que celebran contratos de colaboración con entidades públicas.

i) Entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.

j) Secretarios Generales u órganos financiados con recursos del Tesoro Nacional.

k) Obligados a presentar estados financieros consolidados.

l) Cámaras de Comercio.

m) Registraduría Nacional del Estado Civil.

n) Notarios con relación a las operaciones realizadas durante su función.

o) Personas o entidades que elaboran facturas de venta o documentos equivalentes.

p) Alcaldías, distritos y gobernaciones.

q) Autoridades catastrales.

r) Responsables del Impuesto Nacional al Carbono.

s) Entidades que otorgan, reconocen, registran, cancelan o suspenden personerías jurídicas.

Plazos para presentar la información exógena ante la DIAN

Para que tengas presente cuándo le toca a tu empresa presentar el reporte exógena ante la DIAN te traemos las fechas que dispuso la entidad según el tipo de persona y según el NIT, así:

Los grandes contribuyentes tienen que enviar la información exógena entre el 2 y el 15 de mayo a más tardar, distribuyendo las fechas de esta forma:

NIT terminado en 1: 2 de mayo de 2023

NIT terminado en 2: 3 de mayo de 2023

NIT terminado en 3: 4 de mayo de 2023

NIT terminado en 4: 5 de mayo de 2023

NIT terminado en 5: 8 de mayo de 2023

NIT terminado en 6: 9 de mayo de 2023

NIT terminado en 7: 10 de mayo de 2023

NIT terminado en 8: 11 de mayo de 2023

NIT terminado en 9: 12 de mayo de 2023

NIT terminado en 0: 15 de mayo de 2023

Por su parte, las personas jurídicas y naturales deben reportar su información exógena 2022 por tarde en las siguientes fechas:

Últimos dígitos del 01 al 05: 16 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 06 al 10: 17 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 11 al 15: 18 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 16 al 20: 19 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 21 al 25: 23 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 26 al 30: 24 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 31 al 35: 25 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 36 al 40: 26 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 41 al 45: 29 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 46 al 50: 30 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 51 al 55: 31 de mayo de 2023

Últimos dígitos entre 56 al 60 : 1 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 61 al 65: 2 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 66 al 70: 5 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 71 al 75: 6 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 76 al 80: 7 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 81 al 85: 8 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 86 al 90: 9 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 91 al 95: 13 de junio de 2023

Últimos dígitos entre 96 al 00: 14 de junio de 2023

No esperes hasta el último día para presentar la información exógena tributaria de tu empresa. Recuerda que con un software de nómina para pymes puedes obtener reportes sobre información tributaria relacionada con tus colaboradores para que cumplas con los requerimientos de la normatividad laboral. Además, esta herramienta te permite transmitir la nómina electrónica mes a mes y enviarla a la DIAN de forma sencilla.

Otra ventaja es que podrás optimizar los procesos de nómina y automatizar tareas relacionadas, como el cálculo y liquidación. Así, ahorrarás tiempo y costos y tus colaboradores estarán más satisfechos, lo que puede influir en la productividad de tu empresa. Agenda una asesoría gratuita aquí y conoce cómo se puede beneficiar tu negocio con nuestra herramienta tecnológica.

 

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